F o n a c o t
A fin de contar con la normatividad referente a la Autorización y ejercicio del crédito, nos permitimos darles a conocer las políticas de operación:
Políticas de operación para la autorización del crédito
1. EL crédito FONACOT, será otorgado a todo aquel trabajador que:
- Perciba un salario base sin incluir prestaciones que no exceda de veinte veces el mínimo general mensual que prevalezca en la zona en la que el trabajador preste sus servicios.
- Cuente con una edad mínima de 18 años.
- Cuente como mínimo, con un año de antigüedad en su empleo y esté contratado por tiempo indeterminado al momento de tramitar su crédito. Los trabajadores que cambien de patrón mantendrán su derecho de ser sujetos de crédito del fondo. aun sin cumplir el año de antigüedad, siempre y cuando hayan cumplido con el pago de sus créditos anteriores y su nuevo centro de trabajo esté afiliado al fondo.
- Trabaje en una empresa registrada ante la institución de acuerdo con las reglas de operación.
- Que no se encuentre en la cartera vencida del FONACOT.
2. El trabajador debe presentar los siguientes documentos como requisitos para tramitar su crédito:
I. Requisitos para tramitar créditos por primera vez.
- Solicitud de crédito
- Referencias personales debidamente verificadas.
- Ultimo comprobante de pago de nómina
- comprobante de domicilio reciente como:
- Recibo de agua, luz, teléfono o gas estacionario
- Recibo de predial
- Contrato de arrendamiento
- Estado de cuenta bancario
- Ultimo estado de cuenta de la AFORE del trabajador
- Constancia de domicilio expedida por una autoridad Federal, Estatal, Municipal o Ejidal en la que se plasme el sello de la misma
- Talonario de pagos expedido por el INFONAVIT, FOVISSSTE, FIVIDESU o FONHAPO, a nombre del trabajador.
- Identificación oficial vigente con fotografía y firma (siempre que la firma sea igual a la que presenta en la solicitud de crédito) como:
- Credencial de elector
- Pasaporte
- Identificación expedida por una autoridad local o federal
- Cartilla del Servicio Militar Nacional
- Credencial expedida por la empresa.
Todo en Original y copia para cotejo.
II. Requisitos para créditos complementarios y segundos créditos
- Presentar y requisitar una nueva solicitud de crédito y constancia que expide el centro de trabajo y solo en caso de haber cambiado de domicilio, deberá presentar comprobante del mismo. Así mismo, para créditos complementarios se le otorgará siempre y cuando no rebase su capacidad de crédito
- Presentar identificación oficial vigente en original y copia.
- Referencias debidamente verificadas.
III. Requisitos para créditos mancomunados
Deberá presentar adicionalmente al punto I
- Actas de nacimiento y/o matrimonio de los participantes en el crédito según sea el caso.
3. Cuando los trabajadores perciban salarios de distintos patrones, podrán solicitar los créditos de acuerdo a la capacidad que se tenga en cada centro de trabajo afiliado.
4. Los plazos para el pago del crédito FONACOT serán 6, 12, 18 y 24 meses para todas las líneas del cuadro básico.
5. Las disposiciones que realice el trabajador para ejercer su crédito en la compra de bienes y servicios estarán documentados mediante pagarés. El trabajador podrá ejercer hasta su capacidad el crédito FONACOT para la adquisición de bienes y servicios.
Políticas de operación para el ejercicio del crédito
Vigencia de Trámites:
- La autorización de crédito que se otorga al trabajador, tendrá una vigencia de 30 días naturales contados a partir de la fecha de su expedición.
- Una vez que el trabajador haya presentado su autorización de crédito ante el establecimiento comercial, éste último tendrá 10 días hábiles como máximo para la entrega del bien o la prestación del servicio al trabajador, o los plazos convenidos con el trabajador. En caso contrario y a peticion del trabajador se notificara a la PROFECO.(apartir de la fecha de expedición)
- Cuando el establecimiento comercial haya entregado el bien o la prestación del servicio al trabajador, tendrá 10 días hábiles para presentar los documentos a revisión y programación de cobro de acuerdo al procedimiento establecido.
- Aquel establecimiento comercial que no cumpla con el plazo establecido en los dos puntos anteriores deberá solicitar al Delegado la gestión del pago, para lo cual éste ultimo deberá constatar que se ha entregado el producto o servicio al acreditado y esté laborando en el centro de trabajo registrado.
Presentación de documentos para revisión:
- El Establecimiento comercial acude a la delegación y entrega original de la autorización del crédito con el pagaré requisitado y copia de la factura o comprobante de venta (ticket) debidamente relacionadas, indicando folio e importe.